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Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
El Consejo de Ministros aprobó el 1 de Febrero el Real Decreto que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición con el fin de evitar la contaminación de suelos y acuíferos en vertederos incontrolados y el deterioro paisajístico, así como la eliminación de estos residuos sin aprovechamiento de sus recursos valorizables.
El problema ambiental que plantean los residuos de construcción y demolición, que ha tenido un fuerte crecimiento en los últimos años, se deriva no sólo del creciente volumen de su generación, sino de su tratamiento: El 90 por 100 de estos residuos van a vertedero y sólo un 5 por 100 se recicla.
En la actualidad estaba vigente el Plan Nacional de gestión de residuos de construcción y demolición, aprobado en 2001, que había realizado unas previsiones de generación de 42 millones de toneladas (aprox. 1Ton/hab/año) de residuos. Sin embargo, los datos reales demuestran que dicha previsión ha sido superada debido a la fuerte actividad de la construcción, especialmente en algunas Comunidades Autónomas.
Ámbito de aplicación
El ámbito del Real Decreto abarca la construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición, quedando prohibido el depósito de residuos en el vertedero sin tratamiento previo.
Entre las obligaciones que establece el Real Decreto al productor titular de la licencia destaca la obligatoria elaboración en el proyecto de obra de un estudio de gestión de estos residuos, que deberá incluir una estimación de las cantidades generadas, medidas de prevención a adoptar, el destino previsto para los residuos que se produzcan, así como una valoración del coste previsto para su gestión, coste que formará parte del presupuesto del proyecto.
También se fijan obligaciones al contratista que ejecuta la obra, quien deberá establecer la clasificación de los residuos, elaborar un plan de ejecución y asumir los costes. Esta obligación de separar los residuos en la obra, a partir de ciertos volúmenes de generación, repercutirá en la obtención de beneficios por la venta directa de los materiales separados y ya fue avalada mediante la reforma de la Ley 10/1998 de Residuos que se introdujo en Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Cabe destacar que en aquellas obras en las que las Administraciones Públicas intervengan como promotores se establece que éstas deberán fomentar las medidas para la prevención de residuos de construcción y demolición, y la utilización de áridos y otros productos procedentes de su valorización.
Fuente: Consejo de Ministros
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