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Posición del Consejo sobre el Reglamento Europeo de Ecodiseño
22/05/23

El Consejo Europeo ha adoptado su posición («orientación general») sobre la propuesta de Reglamento por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico para productos sostenibles. El nuevo Reglamento sustituirá a la Directiva existente, de 2009, y ampliará su ámbito de actuación para fijar requisitos de sostenibilidad medioambiental para casi todos los tipos de bienes comercializados en la UE. Establecerá un pasaporte digital del producto y normas en materia de transparencia en relación con productos de consumo no vendidos, así como en lo relativo a la prohibición de su destrucción.

La posición del Consejo mejora el marco para la facultad de la Comisión de establecer requisitos de diseño ecológico y refuerza la ambición de este Reglamento mediante una prohibición directa de la destrucción de productos textiles no vendidos (con una exención para las microempresas y pequeñas empresas y un período transitorio para las medianas empresas). Los vehículos a motor quedan excluidos del alcance de la Directiva, y se permite a las empresas un plazo mínimo para adaptarse a los nuevos requisitos establecidos por la Comisión.

Requisitos ecológicos y el pasaporte digital

El Reglamento sobre Diseño Ecológico será de aplicación para casi todas las categorías de productos. Establece un marco armonizado que fijará los requisitos para grupos de productos específicos con objeto de hacerlos eficientes desde el punto de vista energético y de los recursos (al igual que en la Directiva de 2009) y también más duraderos, fiables, reutilizables, actualizables, reparables, reciclables y fáciles de mantener. La Comisión puede proponer nuevos requisitos por medio de actos delegados cuando así lo exijan nuevos tipos de productos o tecnologías.

Asimismo, el Reglamento tiene por objeto facilitar el movimiento de dichos productos en el mercado único. Un nuevo «pasaporte digital del producto» proporcionará información sobre la sostenibilidad medioambiental de los productos, ayudará a los consumidores y a las empresas a elegir con conocimiento de causa a la hora de comprar productos y ayudará a las autoridades públicas a mejorar la realización de comprobaciones y controles. La propuesta también establece disposiciones en materia de transparencia y prevención de la destrucción de productos de consumo no vendidos y contratación pública ecológica.

La posición del Consejo

La posición del Consejo aclara cómo los expertos de los Estados miembros, y también otras partes interesadas, como la industria, deben participar en el desarrollo de futuros requisitos de diseño ecológico. Asimismo, aclara los criterios y aspectos que deben tenerse en cuenta antes de desarrollar requisitos de diseño ecológico.

La orientación general introduce una prohibición directa sobre la destrucción de productos textiles, zapatos y complementos, con una exención de cuatro años para las medianas empresas, y una exención general para las pequeñas empresas y las microempresas. La prohibición tiene por objeto reducir los efectos medioambientales de la ropa y los accesorios que se produzcan pero no se empleen, especialmente habida cuenta del rápido crecimiento de las ventas en línea. Esto implica la pérdida de valiosos recursos económicos, ya que los bienes se producen, se transportan y posteriormente se destruyen antes de que sean utilizados para su finalidad prevista.

La posición del Consejo excluye los vehículos a motor de los grupos de bienes cubiertos por esta Directiva, puesto que la legislación específica aborda los efectos medioambientales de los automóviles.

Por último, la orientación general del Consejo contempla un período transitorio mínimo de dieciocho meses tras la entrada en vigor del acto delegado por el que se establecen los requisitos para el diseño ecológico antes del inicio de su aplicación, dando así tiempo a los operadores económicos a adaptarse a los nuevos requisitos. Asimismo, se concede a los Estados miembros un plazo de dos años para adaptar y adoptar las medidas nacionales necesarias, en particular las relativas a la vigilancia del mercado y las sanciones.

Contexto

La actual Directiva 2009/125/CE sobre diseño ecológico ha fijado requisitos de eficiencia energética para 31 grupos de productos. Según cálculos de la Comisión, esto ha supuesto un ahorro en gasto energético de 120 000 millones de euros y ha propiciado una reducción del 10 % del consumo energético anual de los productos abarcados por dicha Directiva. La nueva propuesta parte de la base de la Directiva existente sobre diseño ecológico, pero la amplía para abarcar la mayoría de las categorías de productos (tan solo se excluyen los alimentos, los medicamentos y los productos veterinarios y los vehículos a motor), y englobará también requisitos como la durabilidad, la reutilizabilidad, la actualizabilidad y la reparabilidad de los productos; la presencia de sustancias que impidan la circularidad; la eficiencia en el uso de la energía y de los recursos; el contenido reciclado, la refabricación y el reciclado; las huella de carbono y medioambiental y los requisitos de información, en particular un pasaporte digital del producto.

Próximos pasos

La orientación general acordada formaliza la posición negociadora del Consejo. Proporciona a la Presidencia del Consejo un mandato de negociación con el Parlamento Europeo, que se iniciará tan pronto como el Parlamento adopte su posición.

 


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