Se ha publicado en el BOE el extracto de la Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular para 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas se establecieron en la Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, modificada por la Orden TED/844/2023, de 18 de julio.
La convocatoria tiene una dotación presupuestaria de 26.864.000 euros.
El objetivo de la convocatoria es conceder subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales, con el fin de mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.
Los beneficiarios podrán ser las siguientes entidades, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
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Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia.
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Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el catálogo de entidades de economía social previsto en el artículo 6 de la Ley 5/2011.
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Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una pyme, start-up o entidad de economía social.
Los artículos 3 y 4 de la Orden de bases reguladoras detallan los requisitos para tener la condición de beneficiarios.
Serán subvencionables actuaciones que pertenezcan a las siguientes categorías y que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular:
a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes mediante, al menos, una de las siguientes opciones: el uso de subproductos, el uso de materiales procedentes de residuos, la remanufactura de productos, el incremento de la eficiencia del uso de materiales (excluidas la eficiencia hídrica y energética).
b) Investigación, desarrollo e innovación para mejorar el ecodiseño de los productos con el fin de alargar su vida útil y mejorar su reciclabilidad mediante, al menos, una de las siguientes opciones: aumento de la vida útil de los productos/segunda utilización del producto, incremento de la reparabilidad de los productos o de su capacidad de actualización, cambios hacia productos reutilizables y modelos de reutilización en sustitución de productos de un solo uso, mejora en la reciclabilidad, sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos, desarrollo o cambio hacia modelos de consumo basados en los servicios, puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.
c) Mejora de la gestión de residuos:
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Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).
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Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que, en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas, big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología blockchain, permita alcanzar los objetivos y condiciones técnicas indicadas en la convocatoria.
Las actuaciones se dirigirán a obtener alguno de los resultados cuantificables establecidos en el anexo II de la convocatoria.
En relación a las cuantías de las ayudas, la convocatoria contempla una cuantía total máxima de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 100.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrán una cuantía máxima de 5 millones de euros. La intensidad de la ayuda en relación a los costes subvencionables varía en función del tipo de actuación y beneficiario.
Se ha designado a la Fundación Biodiversidad como entidad colaboradora de las ayudas, por lo que ésta será responsable de la gestión de las mismas. Por consiguiente, las solicitudes de ayuda se dirigirán a esta Fundación según se explica en la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de julio de 2024 y finalizará el día 16 de agosto de 2024.
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Fuente: CNC
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