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Luz verde al Reglamento Europeo sobre traslado de residuos
25/03/24

El Consejo ha adoptado la revisión del Reglamento sobre Traslados de Residuos. En su versión revisada, el Reglamento pretende reducir el traslado de residuos problemáticos fuera de la UE, actualizar los procedimientos de traslado para reflejar los objetivos de la economía circular y de la neutralidad climática, utilizar la presentación y el intercambio de información por medios electrónicos, mejorar el control del cumplimiento y hacer frente a los traslados ilícitos.

También establece medidas para garantizar que los residuos solo se trasladen a destinos en los que sean tratados adecuadamente y de manera ambientalmente correcta. Con arreglo a las nuevas normas, los residuos no pueden trasladarse a países no pertenecientes a la OCDE, salvo que el país indique su voluntad de importar tales residuos y pueda demostrar que estos se gestionarán de manera ambientalmente correcta mediante una auditoría previa llevada a cabo por organismos independientes y bajo el seguimiento de la Comisión.

Principales elementos del Reglamento

El Reglamento prohíbe el traslado de todos los residuos destinados a su eliminación dentro de la UE, salvo que dicho traslado haya sido acordado y autorizado con arreglo al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito. Con arreglo a este procedimiento, los notificantes dentro de la UE y los exportadores a terceros países deben notificar a los países de expedición, destino y tránsito y recibir de ellos una confirmación por escrito antes de la exportación. Además, establece plazos y calendarios específicos para que el proceso sea eficiente.

Por otra parte, se seguirán permitiendo los traslados dentro de la UE de residuos destinados a operaciones de valorización que pertenezcan a la categoría de residuos de la «lista verde» mediante el procedimiento menos riguroso que se detalla en los requisitos de información general.

El texto mantiene la prohibición para los Estados miembros de exportar a terceros países residuos destinados a la eliminación, así como la prohibición de exportar residuos peligrosos destinados a la valorización a países no pertenecientes a la OCDE. Además, el Reglamento revisado introduce la prohibición de exportar residuos plásticos no peligrosos a países no pertenecientes a la OCDE, aunque, si cumplen unas estrictas normas de gestión de residuos, estos países pueden declarar, transcurrido un plazo determinado, su voluntad de importar residuos plásticos de la UE. La Comisión debe evaluar positivamente la solicitud antes de que pueda levantarse la prohibición.

Los residuos plásticos no peligrosos pueden exportarse a países de la OCDE con arreglo al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito, aunque serán objeto de un control específico por parte de la Comisión.

Contexto y siguientes etapas

El Reglamento sobre Traslados de Residuos incorpora al Derecho de la UE el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, así como la correspondiente decisión de la OCDE.

La Comisión publicó su propuesta para actualizar el Reglamento sobre Traslados de Residuos el 17 de noviembre de 2021. El Parlamento Europeo alcanzó su posición en enero de 2023, mientras que el Consejo adoptó su mandato de negociación en marzo de 2023. El 17 de noviembre de 2023 los colegisladores alcanzaron un acuerdo provisional, que fue confirmado por las delegaciones de los Estados miembros en el Coreper el 6 de diciembre de 2023 y por la Comisión de Medio Ambiente el 11 de enero de 2024. El Parlamento Europeo adoptó su posición en primera lectura el 27 de febrero de 2024.

Con la votación de hoy en el Consejo concluye el procedimiento de adopción. El Reglamento será firmado ahora por los colegisladores. A continuación, se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los veinte días de su publicación. 

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