El MITERD ha abierto una consulta pública sobre el proyecto de Orden Ministerial por el que se establecen los criterios para determinar cuándo determinados materiales se consideran subproducto (hidróxido sódico, yeso artificial, ácido nítrico 60%, sustrato vegetal, ac sulfúrico diluido, restos de madera, rechazos de papel) con arreglo a la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
El artículo 4 de la Ley 7/2022 establece en el apartado 4.1 las condiciones que debe cumplir una sustancia u objeto resultante de un proceso de producción para que pueda ser considerada como subproducto y no como residuo. A su vez en el artículo 4.3 se señala que la evaluación y aprobación, si procede, será llevada a cabo bien por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD), bien por las autoridades competentes de las comunidades autónomas mediante autorización. Teniendo en cuenta lo recogido en la Disposición transitoria primera punto 2 y en la Disposición final cuarta punto 2.a, la persona titular del MITERD declarará dichas sustancias u objetos como subproductos mediante orden ministerial.
La Comisión de coordinación en materia de residuos ha evaluado favorablemente la consideración de la declaración de subproducto de varios materiales, con un origen y un destino concretos, proponiendo al MITERD la aprobación de la correspondiente orden ministerial.
Se ha de valorar bajo qué criterios se determina que los residuos citados en la consulta, con origen y destino concreto, se consideran subproductos con arreglo a la Ley 7/2022.
El plazo para remitir sugerencias finalizará el 5 de Abril de 2024.
A continuación se indica el acceso a los documentos de análisis de la consideración como subproducto para cada material, así como el informe elaborado por la Comisión de coordinación en materia de residuos:
Fuente: CEOE
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