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La Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto, establece un marco jurídico integral para acelerar la detección, gestión y retirada de los materiales que contienen amianto en Cataluña, con especial incidencia en edificios e infraestructuras. La norma crea el Censo catalán de materiales que contienen amianto, el Plan nacional para la erradicación del amianto y un Fondo específico de financiación, además de establecer obligaciones para administraciones, empresas, profesionales y propietarios.
Para el sector de la construcción destaca la exigencia de incorporar la gestión y retirada del amianto en las cláusulas sociales y ambientales de los contratos públicos y, en obras de construcción o demolición, exigir un estudio completo de gestión de residuos cuando corresponda. También se establece un certificado de presencia o ausencia de amianto para la venta o alquiler de inmuebles y un registro obligatorio de empresas y profesionales habilitados para su gestión y retirada.

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