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El Reglamento Delegado (UE) 2026/73 de la Comisión, publicado el 8 de enero de 2026 en el Diario Oficial de la Unión Europea, introduce modificaciones relevantes en el marco normativo de divulgación de sostenibilidad vinculado a la Taxonomía de la UE. Este acto modifica tres reglamentos delegados ya vigentes, con el objetivo de simplificar obligaciones, reducir cargas administrativas y clarificar determinados criterios técnicos, manteniendo intacta la ambición ambiental del paquete regulatorio europeo.
El nuevo reglamento actúa sobre tres normas:
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Reglamento Delegado (UE) 2021/2178, que especifica el contenido y la presentación de la información que deben divulgar las empresas sobre la proporción de sus actividades alineadas con la taxonomía
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Reglamento Delegado (UE) 2021/2139, que establece criterios técnicos para determinar si una actividad contribuye a la mitigación o adaptación al cambio climático;
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Reglamento Delegado (UE) 2023/2486, que complementa la taxonomía con criterios técnicos para otros objetivos medioambientales y ya introducía reglas adicionales de información.
Con esta modificación, la Comisión ajusta de forma coordinada elementos tanto sobre qué deben reportar las empresas como sobre los requisitos para calificar actividades como sostenibles.
Principales modificaciones:
Simplificación de la divulgación de información
El eje central de la reforma en el Reglamento Delegado 2021/2178 es reducir cargas administrativas:
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Rediseño de plantillas de presentación de información para hacerlas más claras y menos redundantes.
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Eliminación de plantillas específicas (por ejemplo, de sectores concretos como gas fósil o energía nuclear) cuando su contenido puede integrarse fácilmente en plantillas generales.
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Se busca evitar la duplicación de datos e información, especialmente cuando otras normas regulatorias cubren aspectos similares.
Esto responde a las observaciones de empresas y stakeholders, que señalaron una carga excesiva y complejidad en la presentación de indicadores clave de resultados (ICR).
Importancia relativa no significativa y proporcionalidad
El Reglamento introduce un enfoque proporcional basado en importancia relativa:
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Las empresas pueden omitir la evaluación detallada de la conformidad con criterios de taxonomía cuando ciertas actividades o exposiciones sean financieramente insignificantes para su negocio.
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Para ello se establecen umbrales cuantitativos que ayudan a identificar qué puede considerarse de importancia relativa no significativa.
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Las empresas deben seguir divulgando información sobre estas actividades, pero de forma agregada o simplificada.
Este mecanismo responde a la necesidad de reducir cargas operativas, especialmente para actividades de menor escala, manteniendo la transparencia hacia usuarios de la información.
Ajustes en criterios técnicos de selección (DNSH)
Los criterios para determinar si una actividad no causa perjuicio significativo a objetivos ambientales (principio DNSH — do no significant harm) son clave para que una actividad pueda considerarse sostenible:
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Se realizan simplificaciones y clarificaciones a ciertos criterios técnicos que, por su complejidad, representaban dificultades prácticas para las empresas.
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Entre otros ajustes, se facilitan reglas de aplicación en relación con productos químicos regulados y otras exenciones previstas en la normativa de la UE.
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Esto mejora la seguridad jurídica y coherencia con otras reglas sectoriales.
Estas revisiones buscan homogeneizar y clarificar elementos que antes podían generar interpretaciones diversas o requerir datos inaccesibles para las empresas.
Impacto sobre las empresas
La publicación del nuevo reglamento delegado supone un cambio relevante para las empresas obligadas a reportar bajo la Taxonomía de la UE, al simplificar la recopilación y presentación de información y clarificar las condiciones para demostrar la alineación ambiental de sus actividades.
Para los fabricantes de productos de construcción, este ajuste puede traducirse en procesos más claros para acreditar el desempeño ambiental de sus operaciones, instalaciones y gamas de producto, así como en una reducción de cargas administrativas gracias a plantillas más directas y a la posibilidad de aplicar criterios de proporcionalidad en actividades con menor peso económico.
Además, la revisión de los requisitos técnicos vinculados al principio de no causar daño significativo facilita demostrar cumplimiento en ámbitos críticos para el sector, como eficiencia energética, materiales sostenibles, emisiones asociadas a procesos industriales y economía circular.
En conjunto, las modificaciones no rebajan las exigencias ambientales, pero sí hacen más accesible y comprensible el marco, lo que puede favorecer que más empresas del sector adopten e integren la taxonomía en su planificación y reporting estratégico.
Entrada en vigor y aplicación
Las modificaciones entran en vigor 20 días después de su publicación en el DOUE y serán aplicables a partir del 1 de enero de 2026.
Además, se contempla una transición para ejercicios 2025, permitiendo a las empresas aplicar las plantillas y normas previas si así lo consideran conveniente mientras se ajustan a los cambios.
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