El Consejo ha adoptado hoy su mandato para negociar con el Parlamento Europeo el reglamento que aborda los efectos negativos del exceso de capacidad mundial en el mercado siderúrgico de la UE. El nuevo reglamento pretende sustituir la medida de salvaguardia vigente para el acero, que expira el 30 de junio de 2026.
El mandato del Consejo logra un equilibrio que pretende mantener el alto nivel de protección necesario para la industria siderúrgica europea, que es vital para la economía y la seguridad de la UE, introduciendo al mismo tiempo una flexibilidad clave y teniendo en cuenta a los usuarios finales del acero.
Principales cambios acordados por el Consejo
El mandato del Consejo mantiene los elementos de protección fundamentales de la propuesta de la Comisión, en particular la reducción sustancial de los contingentes de importación (limitando el volumen de importación libre de aranceles a 18,3 millones de toneladas anuales, lo que supone una reducción del 47 % en comparación con los contingentes de acero de 2024) y la duplicación del derecho fuera de contingente al 50 %, frente al 25 % establecido con la salvaguardia vigente para el acero. Al mismo tiempo, incorpora varias enmiendas para aumentar la flexibilidad, la claridad jurídica y la consideración de los intereses económicos de los usuarios intermedios.
Industrias posteriores
El Consejo ha puesto mayor énfasis en equilibrar la protección de los productores de acero con los intereses económicos de las industrias transformadoras que utilizan acero, incorporando el interés de la Unión como principio rector para garantizar la consideración explícita de todos los operadores económicos y consumidores finales cuando la Comisión asigna contingentes arancelarios, aplica medidas de salvaguardia bilaterales o modifica los volúmenes de los contingentes arancelarios.
Se han ajustado las normas de administración de los contingentes arancelarios para garantizar una mayor flexibilidad. En concreto, el Consejo permitió que los volúmenes no utilizados de los contingentes arancelarios en un trimestre se transfirieran al trimestre siguiente dentro del mismo período anual de aplicación del contingente arancelario.
El Consejo también ha añadido un nuevo elemento a tener en cuenta cuando se modifican las cuotas, garantizando que se preste atención a los posibles aumentos sustanciales de precios que socavan gravemente la competitividad de las industrias posteriores.
Flexibilidad de cuotas
El marco establecido en este Reglamento establece contingentes arancelarios y un derecho fuera de contingente aplicable a todos los terceros países, con excepción de los países del EEE. La Comisión, mediante un acto delegado, puede ajustar el volumen de los contingentes arancelarios, teniendo en cuenta el interés de la UE y una serie de factores. El Consejo aclaró que el valor total de estos contingentes ajustados debe limitarse a un máximo de entre 15,2 y 22,2 millones de toneladas.
Requisitos de fusión y vertido
Para evitar la elusión y aumentar la transparencia de la cadena de suministro, el reglamento exige a los importadores que proporcionen pruebas del país de fusión y vertido . El Consejo introdujo importantes aclaraciones sobre su aplicación:
-
El requisito de que los importadores proporcionen evidencia sobre el país de fusión y vertido se aplicará a partir del 1 de octubre de 2026 ; este período de transición permite a los operadores económicos y a las agencias aduaneras tiempo para adaptarse a la nueva norma.
-
En un plazo de dos años , la Comisión deberá evaluar si designa el país de fusión y vertido como base para la asignación de contingentes arancelarios específicos por país. Si la Comisión concluye que es necesario, presentará una nueva propuesta legislativa al respecto.
El Consejo también subrayó la necesidad de que la Comisión lleve a cabo consultas con las partes interesadas pertinentes antes de introducir cualquier requisito para evaluar cuidadosamente las posibles cargas administrativas para los importadores y los organismos gubernamentales y garantizar un requisito efectivo.
Revisión y transparencia
En comparación con la propuesta de la Comisión, el mandato del Consejo adelanta la fecha para que la Comisión evalúe la posibilidad de ampliar el ámbito de aplicación del reglamento, de dos años a dieciocho meses . También garantiza que la Comisión iniciará un proceso de consulta a tal efecto con las partes interesadas pertinentes a más tardar el 1 de octubre de 2026.
El plazo para la primera revisión general de los efectos del reglamento en el mercado del acero y en el interés de la UE se ha acortado a cuatro años desde su entrada en vigor, con evaluaciones posteriores cada dos años . El Consejo también ha prestado mayor atención en la revisión a los impactos en las industrias transformadoras.
Una nueva disposición también exige que la Comisión ponga a disposición de los operadores económicos de la UE un punto de contacto en línea para que puedan solicitar información pertinente sobre la aplicación de este Reglamento.
Próximos pasos
Una vez que el Parlamento Europeo adopte su posición, los colegisladores iniciarán las negociaciones para finalizar el trabajo sobre el texto. El reglamento entrará en vigor una vez adoptado por ambas instituciones y publicado en el Diario Oficial.
Antecedentes
El acero es un material esencial para la economía de la UE, incluyendo su transición ecológica y sectores estratégicamente importantes como la defensa. La industria siderúrgica de la UE es el tercer mayor productor mundial, emplea directamente a unas 300.000 personas y sustenta las economías regionales de todos los Estados miembros.
Esta industria clave se enfrenta actualmente a una presión considerable debido a niveles insostenibles de sobrecapacidad global, que se prevé que alcance los 721 millones de toneladas para 2027, más de cinco veces el consumo anual de la UE. Esta sobrecapacidad, sumada a las medidas restrictivas del comercio impuestas por terceros países que limitan las importaciones a sus mercados, ha convertido al mercado de la UE en el principal receptor del excedente mundial de acero. Esto ha provocado un aumento de las importaciones, una baja utilización de la capacidad (67 % en 2024), elevados costes de fabricación en la UE y, en última instancia, una amenaza para la capacidad a largo plazo de la industria de invertir en la descarbonización.
Para abordar estos desafíos críticos, incluida la pérdida de unos 65 millones de toneladas de capacidad y hasta 100.000 puestos de trabajo desde 2007, la Comisión anunció su intención de preparar una nueva medida sobre el acero en marzo de 2025.
Más información
|