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La ECHA publica su propuesta actualizada de restricción de PFAs
26/08/25

La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) ha hecho publica su propuesta actualizada para restringir las sustancias PFAS en el marco del REACH. Elaborada por las autoridades de Dinamarca, Alemania, los Países Bajos, Noruega y Suecia, la revisión amplía la evaluación a ocho sectores adicionales, entre los que se incluyen la impresión, el sellado, la maquinaria, determinadas aplicaciones médicas, el ámbito militar, los explosivos, los textiles técnicos y usos industriales más amplios.

El borrador establece plazos más claros: en principio, las PFAS deberían eliminarse progresivamente 18 meses después de la entrada en vigor de la restricción. Sin embargo, las excepciones podrían permitir su uso continuado durante un máximo de 12 años, con posibles renovaciones en los casos en que no existan alternativas.

Los sectores «críticos», como la energía, la defensa, los semiconductores y la medicina, que no estaban incluidos inicialmente, serán los que más se beneficien de estos períodos de transición más largos. Esto incluye usos en electrolizadores de hidrógeno, baterías, sistemas de guía y navegación de misiles, así como dispositivos médicos que salvan vidas.

La propuesta también introduce opciones de restricción alternativas que permitirían continuar con la fabricación o el uso bajo determinadas condiciones de control de riesgos, que abarcan ámbitos como la fabricación, el transporte, los semiconductores, la energía y los textiles. Al mismo tiempo, la revisión no exige a los productores de la UE que apliquen estas normas a las exportaciones, lo que significa que los PFAS podrían seguir fabricándose para mercados no pertenecientes a la UE. Algunas aplicaciones, en particular los plaguicidas y los productos farmacéuticos, seguirán estando sujetas a la legislación vigente de la UE en lugar de a la nueva restricción.

Escenarios regulatorios

La propuesta de restricción de PFAS contempla tres posibles escenarios regulatorios que afectan directamente a los productos de construcción. El primero es la prohibición total, que implicaría la eliminación completa de estas sustancias en selladores, membranas, recubrimientos y aislantes, con un periodo transitorio relativamente corto, de alrededor de 18 meses tras la entrada en vigor de la norma. En la práctica, esto supondría que a partir de 2028 ya no podrían comercializarse en la Unión Europea productos de construcción que contengan PFAS, salvo excepciones muy limitadas.

El segundo escenario es la prohibición con derogaciones temporales. Bajo esta opción, algunos usos críticos para la construcción podrían mantenerse durante un plazo limitado, que podría variar entre 5 y 12 años, siempre que no existan alternativas técnicamente viables a corto plazo. Se trataría, por ejemplo, de aplicaciones de alta exigencia en infraestructuras, como selladores resistentes a condiciones extremas, barreras químicas o materiales de protección frente a incendios. Este enfoque permitiría a los fabricantes ganar tiempo para desarrollar sustitutos que cumplan con las mismas exigencias de seguridad y durabilidad.

El tercer escenario es el uso continuado bajo condiciones estrictas. En este caso, ciertos usos podrían autorizarse siempre que se garantice un control riguroso de riesgos y emisiones a lo largo del ciclo de vida del producto. No obstante, en el sector de la construcción esta opción tendría un alcance muy reducido y se limitaría probablemente a aplicaciones muy especializadas en entornos industriales controlados.

Impacto en los fabricantes de productos de construcción

En cuanto a los impactos para los fabricantes de productos de construcción, la restricción supondrá un reto considerable. En primer lugar, será necesario invertir en investigación y desarrollo para reformular los productos eliminando los PFAS y recurriendo a polímeros alternativos como siliconas modificadas, acrílicos o poliuretanos. Esto exigirá además realizar nuevos ensayos de prestaciones técnicas y de durabilidad, ya que las normas europeas de marcado CE y las normas EN/ISO obligan a demostrar resistencia al envejecimiento, impermeabilidad y reacción al fuego, entre otros requisitos.

La transición también implicará un incremento de costes, tanto por el desarrollo de nuevas formulaciones como por la necesidad de homologación de los productos. Aquellas empresas que logren anticiparse y ofrecer al mercado alternativas libres de PFAS podrán consolidar una ventaja competitiva, mientras que las que no consigan adaptarse corren el riesgo de perder cuota de mercado o incluso de ver interrumpida la comercialización de parte de su portafolio a partir de 2028.

Al mismo tiempo, esta restricción abre oportunidades de innovación y diferenciación. Los fabricantes que desarrollen soluciones más seguras y sostenibles estarán en mejor posición para responder a las exigencias de la taxonomía europea y de la contratación pública verde, que cada vez valora más el uso de materiales con bajo impacto ambiental y libre de sustancias peligrosas.

Actualmente, los comités científicos de la ECHA, compuestos por expertos independientes de los Estados miembros de la UE, están evaluando la propuesta. La Comisión Europea tomará una decisión definitiva sobre la restricción en consulta con los Estados miembros de la UE.

Fuente: CEOE y elaboracion propia


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