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La Comisión Europea ha adoptado un nuevo Reglamento Delegado que modifica el Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP), estableciendo límites más estrictos a la presencia de ciertos éteres polibromodifenilos (PBDE) en artículos y materiales reciclados. Los compuestos afectados —tetraBDE, pentaBDE, hexaBDE, heptaBDE y decaBDE— son conocidos retardantes de llama en plásticos, espumas y textiles que pueden estar presentes en: Aislamientos térmicos o acústicos, Paneles compuestos, Espumas rígidas de poliuretano o Revestimientos interiores o componentes de mobiliario de obra reutilizado. Asimismo presentan propiedades persistentes y bioacumulativas que han sido detectados en productos como juguetes, textiles, utensilios de cocina y materiales de construcción recuperados.
Aunque la fabricación y uso de PBDE ya está prácticamente eliminada en la UE, su presencia residual en materiales reciclados sigue siendo una preocupación. Por ello, se introduce una reducción progresiva de los valores límite permitidos en mezclas y artículos: de los actuales 500 mg/kg a 350 mg/kg desde el 30 de diciembre de 2025, y a 200 mg/kg desde el 30 de diciembre de 2027. Para juguetes y productos infantiles, el límite bajará a tan solo 10 mg/kg a partir de mediados de 2027. Se excluyen de esta regulación los materiales en contacto con alimentos, que ya están regulados por otras normas específicas.
Con esta propuesta, la Comisión avanza en la aplicación del Convenio de Estocolmo y en su compromiso con la salud pública, la protección del medio ambiente y los principios de la economía circular.
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Fuente: Elaboracion propia
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