El pasado 2 de julio de 2025, la Comisión Europea presentó formalmente su propuesta de enmienda a la Ley Climática Europea, estableciendo un nuevo objetivo climático vinculante: reducir en un 90 % las emisiones netas de gases de efecto invernadero para 2040, en comparación con los niveles registrados en 1990. Esta iniciativa busca mantener el rumbo hacia la neutralidad climática en 2050, al tiempo que pretende ofrecer certidumbre al sector industrial europeo y consolidar el liderazgo de la Unión Europea en la acción climática global.
La propuesta mantiene el actual objetivo intermedio de reducción del 55 % para 2030, fijado en el marco del Pacto Verde Europeo y ya aprobado por los colegisladores. Sin embargo, introduce como novedad significativa la posibilidad de emplear un mecanismo de flexibilidad internacional. A partir de 2036, hasta un 3 % del esfuerzo total de reducción podrá alcanzarse a través de:
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Créditos de carbono internacionales de alta integridad, regulados conforme al artículo 6 del Acuerdo de París.
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Tecnologías de eliminación y almacenamiento permanente de dióxido de carbono.
El planteamiento parte de un análisis técnico y de impacto basado en los últimos informes del IPCC y las recomendaciones del European Scientific Advisory Board on Climate Change. La Comisión defiende que esta flexibilidad permitirá mantener la competitividad de los sectores más expuestos a la competencia global, ofrecer previsibilidad para la inversión industrial y reforzar la cooperación internacional en la lucha contra el cambio climático.
Desde el punto de vista institucional, la propuesta forma parte de un paquete más amplio que incluye el Clean Industrial Deal, orientado a facilitar la modernización de la industria, y el Affordable Energy Action Plan, destinado a garantizar energía asequible para los hogares y las empresas.
La iniciativa ha generado un debate técnico y político. Por un lado, varios Estados miembros, entre ellos Alemania y Francia, han valorado positivamente la introducción de mecanismos de flexibilidad como vía para proteger el tejido industrial y social europeo ante la transición energética. Por otro lado, organizaciones medioambientales, asesores científicos y parte del Parlamento Europeo han expresado su preocupación por el riesgo de que el uso de créditos internacionales reduzca la ambición real de las reducciones domésticas y desincentive inversiones estructurales en energías renovables, eficiencia energética y descarbonización de procesos industriales.
La Comisión ha defendido que el límite del 3 % es técnicamente sólido, garantizando que la gran mayoría del objetivo del 90 % se alcance mediante acciones dentro de la Unión Europea. Además, ha anunciado que en 2026 presentará una normativa específica para asegurar la calidad e integridad ambiental de los créditos de carbono que puedan emplearse.
La propuesta se encuentra ahora en fase de debate legislativo y requerirá la aprobación conjunta del Parlamento Europeo y el Consejo a través del procedimiento legislativo ordinario. Será también la base para la revisión de toda la arquitectura regulatoria del clima y la energía posterior a 2030.
En conclusión, esta propuesta reafirma la voluntad de la Unión Europea de mantener un alto nivel de ambición climática —un 90 % de reducción neta para 2040—, pero incorpora elementos de pragmatismo institucional y económico para garantizar la viabilidad técnica y política de la transición. El reto principal será asegurar que estas flexibilidades no comprometan la reducción real de emisiones en territorio europeo y que la UE conserve su papel de referencia mundial en la lucha contra el cambio climático.
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Fuente: Comisión Europea y elaboración propia
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