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CEPCO presenta en rueda de prensa su postura ante la transposición de la Directiva contra morosidad en los plazos de pago
12/06/2002

CEPCO, con la valiosísima colaboración de una de sus Asociaciones (ANEFHOP), presentó, el pasado 11 de Junio, en rueda de prensa ante una treintena de medios de comunicación, lo que constituye su postura ante la Directiva 2000/35/CE y su transposición por el Reino de España.

Archivo:  Nota de Prensa*
Archivo:  Motivos de la convocatoria*
Archivo:  Texto de la directiva 2000-35*
Archivo:  Informe de CEPCO*
Archivo:  Conclusiones*
Archivo:  Mensaje Final*

Intervinieron los Sres. D. Eduardo Góngora y Benítez de Lugo (Presidente de CEPCO), D. Manuel Antonio Sobral (Presidente de ANEFHOP y Vicepresidente de CEPCO), D. Francisco Alonso Carpi (Vicepresidente de ANEFHOP), D. Luis Rodulfo Zabala (Director General de CEPCO), D. Francisco Javier Martínez deEulate (Director General de ANEFHOP) y D. Gerard Pérez Olmo (Asesor del Gabinete Jurídico S.J. Berwin).

Se presentaron los documentos que se adjuntan: Nota de prensa resumen; Motivación de la convocatoria; Texto original de la Directiva; Informe de CEPCO al respecto; Conclusiones y Mensaje Final.

El Presidente de CEPCO dejó bien claro que, en primer lugar, sólo se está pidiendo que la transposición se haga en plazo (8 de Agosto de 2002) y que respete el espíritu contenido en la directiva, que no es otro que el de normalizar una situación anómala en el seno de la Unión Europea, como es el del retraso de los pagos hasta en 210 días, lo que supone una fuerte quiebra económica y de empleo para muchas de las empresas suministradoras que, en general, son pymes.

La deuda acumulada en financiación atípica por parte de las empresas constructoras, se cifra en unos 7.200 millones ? (1.2 billones ptas), lo que da una idea de cuál es la situación. Esto, además, en una época en la que el Ministerio de Fomento, máximo inversor en el sector, ha hecho un esfuerzo encomiable por cumplir los plazos que marca la Directiva, lo que ya impide cualquier razonamiento para demorar los plazos de pago por encima de los que asume la propia Administración.

CEPCO, que ya en su día intervino muy de cerca en la elaboración de la Directiva, logrando introducir algunas enmiendas, desea que se conserven algunas muy especialmente, como son: la definición de cláusula abusiva en un contrato (que rompa posiciones de excesivo dominio en el mercado) y la posibilidad de intervención jurídica por parte de las Asociaciones empresariales y la propia CEPCO.

En cualquier caso, también se insistió en que se desea una resolución dialogada del problema de forma que, en un plazo también pactado, reconduzca la situación a la normalidad.

En el transcurso del coloquio, a la pregunta sobre la posición de la CEOE, se dijo que había sido ambigua y generadora de un cierto descontento en cuanto a que se conocía un documento en el que se solicitaba una transposición al margen del contenido real de la Directiva.


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