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Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura
15/06/22

Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura

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Esta ley establece como objetivos, entre otros:

  • Impulsar en el ámbito de la contratación pública la aplicación del principio de calidad, empleando el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura
  • Reivindicar la arquitectura española, reconociendo su contribución a la consolidación de los valores culturales, sociales y medioambientales, así como a la competitividad y a la sostenibilidad.
  • Contribuir a la consecución de los objetivos nacionales e internacionales de descarbonización, neutralidad climática, economía circular, eficiencia energética, utilización de energías renovables y lucha contra la pobreza energética, así como a la reducción de otros impactos medioambientales negativos.
  • Incrementar el número de edificios de consumo de energía casi nulo, no solo en la nueva edificación, sino también mediante enfoques integrales en la rehabilitación del parque edificado existente.
  • Fomentar la sostenibilidad y el análisis del ciclo de vida en la arquitectura. 

El principio de calidad en la arquitectura, que recoge esta ley, se alinea con la adecuación al uso, así como la flexibilidad, versatilidad y facilidad de adaptación a nuevos usos, necesidades y modos de habitar a lo largo de su ciclo de vida.

Además tendrá en cuenta la contribución a la sostenibilidad económica, medioambiental y social así como la gestión óptima de los recursos, incluyendo el uso de materias primas secundarias, la aplicación precisa de materiales y soluciones constructivas bajo el principio de la economía circular, planificando durante todo el ciclo de vida de lo construido, desde la fase de proyecto hasta la demolición, la reutilización y reciclaje de los materiales empleados.  

Y por supuesto, ese principio de calidad, ha de contribuir a la eficiencia energética, la reducción de la huella de carbono, la protección medioambiental y la capacidad de adaptación al cambio climático. 

Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura.

El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura se constituye como un órgano colegiado, con un carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado, que tiene como objetivo servir de plataforma de intercambio de conocimiento, participación, consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con el objeto de esta ley.

Las funciones del Consejo está dirigidas a la protección, fomento y difusión de la calidad de la arquitectura y la mejora de la gobernanza etre las que se encuentran:
  • Fomentar la investigación y la innovación en las obras promovidas por las administraciones públicas mediante fórmulas de colaboración con la industria, la academia y con los organismos de investigación, así como la incorporación de nuevas técnicas y materiales en desarrollo y el establecimiento de sistemas de evaluación de las prestaciones.
  • Facilitar, en coordinación con la Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM (Building Information Modelling) en la contratación pública, la digitalización del proceso constructivo, así como la incorporación progresiva de modelos de información integrada en el patrimonio público al objeto de facilitar, optimizar y hacer más sostenible su explotación y mantenimiento.
  • Impulsar proyectos piloto innovadores a escala real, que fomenten la aplicación práctica de las iniciativas de I+D+i. 

Estrategia Nacional de Arquitectura

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana elaborará en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de esta ley, una Estrategia Nacional de Arquitectura, herramienta de gobernanza, cuyo carácter no será vinculante y que servirá para la implantación y seguimiento de los objetivos perseguidos por esta ley.

La Estrategia Nacional de Arquitectura se enmarcará dentro de la Agenda Urbana Española, incorporándose como una de sus líneas de acción, y tendrá en cuenta lo previsto en la Estrategia Nacional de Contratación Pública.

 


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